- A partir del 1 de junio de 2020 todos los envíos de secuencias de nuevos registros y/o variaciones para Importaciones Paralelas deben ser en formato eCTD.
- Si el procedimiento de nuevo registro y/o variación de este tipo se hubiese iniciado en formato NeeS, esta podrá continuar y finalizar en formato NeeS.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha implementado una nueva iniciativa para agilizar la recepción y carga de las secuencias correspondientes a las solicitudes de Importaciones Paralelas de medicamentos de uso humano. Esta acción se enmarca dentro la serie de mejoras que la AEMPS está llevando a cabo para agilizar la recepción y carga de las diferentes solicitudes de procedimientos relativos a medicamentos de uso humano.
Los cambios al procedimiento para la recepción de secuencias correspondientes a solicitudes de importaciones paralelas de medicamentos de uso humano son los siguientes:
- En caso de solicitudes de Nuevo Registro de una Importación Paralela, debe de hacerse una solicitud vía RAEFAR II y adjuntar a esta la secuencia correspondiente en formato eCTD. Dicha secuencia no incluirá eAF.
- En caso de solicitudes de Variaciones de un registro de Importación Paralela, el envío de la secuencia se realizará vía CESP y en formato eCTD. Esta incluirá el eAF de variación correspondiente.
Una vez recibidas y cargadas las solicitudes en RAEFAR II, se iniciara la fase de validación y evaluación de su procedimiento.